Rueda de Prensa

Desde el momento de su constitución la Fundación ADO Moure Pro Deporte, entre cuyos objetivos fundacionales se encuentra la defensa del colectivo ciclista, ha trabajado activamente, principalmente en los últimos tiempos debido a las altas cifras de siniestralidad,...

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Oficina Virtual de Denuncias

La Fundación ADO Moure Pro Deporte pone en marcha una oficina virtual de denuncias voluntarias efectuadas por ciclistas por incidencias de tráfico. Esta iniciativa, que estuvo dos años paralizada por trámites legales, permitirá que cualquier afectado por...

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Coloquio Anna Gonzalez

Tengo que confesar algo y hacerlo público... Hoy he atropellado a un ciclista que circulaba delante de mí, iba despistada cambiando la emisora de radio, me he metido en el arcén y le he dado. Creo que lo he matado, no he parado para comprobarlo pero, creo que no se...

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RESPETO A LAS VÍCTIMAS

El pasado día 6 nos levantamos con la noticia difundida a los cuatro vientos de qué el RACE proponía un gran pacto de estado, en el que entre otros incluía esta petición: "Que todos los practicantes de ciclismo aficionado de carretera, deberían tener carnet por...

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No más accidentes y muertes impunes

Desde el pasado 1 de julio de 2015, con la entrada en vigor de la reforma del Código Penal, nos encontramos con un cambio sustancial en la tramitación judicial de las causas que tratan lesiones o muertes provocadas en las carreteras, dejando desamparadas a las...

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Que es:

Debemos saber que uno de los derechos que podemos ejercer como ciudadanos es el de formular una denuncia de forma voluntaria y que consiste básicamente en molestarse en tomar nota de la matrícula del vehículo que ha cometido la infracción, modelo, color y lugar exacto donde ha tenido lugar el hecho y que puede ser motivo de sanción por parte de las Autoridades de tráfico, para después dar cuenta a sus Agentes o bien a través de las Jefaturas Provinciales de tráfico. La ley ley de tráfico recoge:

  

Artículo 4 Denuncias de carácter obligatorio y voluntario 1. Los agentes de la autoridad encargados del servicio de vigilancia del tráfico deberán denunciar las infracciones que observen cuando ejerzan funciones de vigilancia y control de la circulación vial. 2. Cualquier persona podrá, igualmente, formular denuncias por hechos que puedan constituir infracciones a los preceptos del texto articulado de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial o de sus Reglamentos.

Donde presentar

Existen dos posibilidades donde presentar las denuncias voluntarias recogidas en la ley de tráfico: Artículo 7 Requisitos de las denuncias de carácter voluntario por hechos de circulación a) La denuncia podrá formularse verbalmente ante los agentes de vigilancia del tráfico más próximos al lugar del hecho, o por escrito dirigido a la Jefatura de Tráfico o a la Alcaldía del lugar de la infracción, según ostente una u otra la competencia para instruir el expediente. b) Se harán constar en la denuncia los datos y circunstancias que se consignan en el artículo 5 del presente Reglamento. c) Si la denuncia se presentase ante los agentes de vigilancia del tráfico, se formalizará por ellos el reglamentario boletín de denuncia, en el que se hará constar, además de los requisitos consignados en el apartado anterior, si personalmente comprobó o no la infracción denunciada, así como el nombre y domicilio del particular denunciante, remitiendo el boletín a la Jefatura de Tráfico o Alcaldía competente para su tramitación, sin perjuicio de entregar un duplicado al denunciado si fuere posible.

Ejemplo de denuncia
D._________________________________________con DNI nº_______________________, con domicilio a efectos notificatorios___________________________________________, mediante el presente inscrio dirigido a la Jefatura Provincial de Tráfico, formula Denuncia Voluntaria  por los siguientes echos: Haber sido adelantado cuando circulaba en bicicleta por un vehículo sin mantener la distancia de seguridad lateral de 1.5metros , establecida por el Reglamento General de Circulación (art. 34  apartado 4); presenta como prueba documetal secuencia fotográfica captada mediante cámara de video instalada por el denunciante en la parte posterior de su bicicleta, donde se observa al vehículo denunciado efectuó la maniobra de adelantamiento infringiendo el código de circulación. DATOS DE LA INFRACCIÓN: Fecha:____________ Hora:________________________ Carretera:_____________________ Punto Km:_____________________ Sentido:_______________________ Art. Infringido: Art. 34 apartado del RGC   VEHÍCULO DENUNCIADO Modelo:________________________ Color:__________________________ Mátricula:_______________________     En _________________ a___de_____________de 20 Firmado  
Pruebas a presentar

Se deberá adjuntar a la denuncia una secuencia fotográfica, donde se vea claramente:

El arcén de la carretera.

La rueda de la Bicicleta.

 

La secuencia del adelantamiento.

La matrícula del vehículo infractor.

 

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