Entendemos que el conocimiento del inicio o no de los procedimientos sancionadores por esta parte, es ESENCIAL para contribuir por un lado, a saber que se está actuando con corrección y eficacia por ambas partes, y por otro para garantizar el fin de la transparencia y control  del ejercicio del poder público. De no ser así estaríamos sufriendo un evidente estado de indefensión ante la administración.

Por último, dejar constancia de que la única finalidad por parte de la aquí recurrente no es otra que trabajar en aras de salvaguardar lo más valioso que tenemos, la VIDA E INTEGRIDAD FÍSICA de las personas, en este caso usuarios de bicicletas, siendo este fin de interés general y en el que todos deberíamos caminar en una sola dirección, requiriendo a la administración para que obligue a todos los usuarios de las vías públicas (sean conductores o ciclistas) al cumplimiento estricto de la ley; siendo así estamos completamente seguros de que se reducirían drásticamente los atropellos a ciclistas (insistimos, muchos de ellos niños y jóvenes), y con ello el número de heridos graves y muertos.

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