Un conductor ha sido investigado como supuesto autor de un delito contra la seguridad vial, consistente en conducir un vehículo a motor de forma manifiestamente temeraria, con peligro concreto para la vida o integridad de las personas,
La Fundación ADO Moure Pro-Deporte, desde el año 2015, trabajamos y abogamos por un cambio radical ACTIVO en las políticas de seguridad vial de los COLECTIVOS VULNERABLES “CICLISTAS Y PEATONES”.
La realidad es que una gran mayoría de ciudadao@s hemos “normalizado” las acciones de VIOLENCIA VIAL, y sin darnos cuenta, las asumimos como quien asume las consecuencias de un fenómeno natural ante el que no es posible hacer nada. Y SI, SÍ ES POSIBLE HACER ALGO-
“La idea principal de nuestra iniciativa, es colaborar a reducir la cantidad de muertes en las carreteras”.
Nosotros compartimos la directriz de la Unión Europea del año 2004, dice que: HACER CUMPLIR LA LEY DE TRAFICO es la forma más eficaz de reducir los siniestros y las víctimas
Se trata únicamente de “alentar” a los ciclistas y peatones para que graben sus salidas en bicicleta por si, durante dicha salida, son testigos o sufren cualquier percance, o incluso en el peor de los casos llegan a convertirse en VICTIMAS MORTALES, dispongan de una prueba “EVIDENCIA” fehaciente de lo sucedido.
Y si son víctimas de una (acción) que sea susceptible de la incoación de un expediente sancionador por parte de la autoridad competente (administrativa o penal) que “CONOZCAN” que tienen el derecho de trasladar, a través de una denuncia voluntaria, al órgano competente, tales hechos y que para ello tienen dos formas de hacerlo: bien cada uno directamente personándose en la DGT,
en sus jefaturas provinciales o en la Policía Local o en el juzgado aportando sus datos personales así como las pruebas requeridas para tal fin o bien lo pueden hacer a través de la Plataforma de Denuncias de la fundación, aportando los datos requeridos que son los mismos que si fuera personalmente, a todos los efectos legales, con la única salvedad de que la presentación de la DENUNCIA figuraría, a todos los efectos, a nombre de la fundación y no al de la persona física por lo cual solamente la fundación tendría acceso a la identidad del denunciante.