CARLOS MOURE CASTRO, con DNI núm.XXXXXXX, Presidente de la Fundacion Adomo Moure Pro Deporte, con domicilio a efectos de notificaciones en Plaza de Mariñamansa, 1 – bajo, 32005 Ourense, mediante el presente ESCRITO/DENUNCIA dirigido a esa fiscalía

EXPONE:

.- La entidad FUNDACION ADO MOURE PRO DEPORTE con la finalidad de dar cumplimiento a los principios rectores que rigen su funcionamiento, según aparecen establecidos en sus estatutos, como entidad privada que es y declarada de interés gallego por la Xunta de Galicia, tiene entre sus objetivos la defensa del colectivo ciclista, como especialidad en la práctica deportiva, tanto competitiva como no competitiva, siendo uno de sus ejes de actuación la seguridad en las vías públicas, como lugar compartido con otros usuarios y que lleva cumpliendo con diversas acciones y actuaciones como puede observarse en su pagina web http://www.fundacionadomoure.com/seguridad-vial/:

  • Gestionando la oficina virtual de denuncias voluntarias en materia de Tráfico, donde cualquier ciudadano afectado por irregularidades de otros conductores al volante, puede denunciar los hechos de una manera cómoda y sencilla (http://denuncias.fundacionadomoure.com/).

       Así, desde el año 2015 y al amparo de los arts. 3 y 4 del Real Decreto 320/1994, de 25 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de procedimiento sancionador en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, que establecen:

Artículo 3. Incoación del procedimiento.
El procedimiento sancionador se incoará de oficio por la autoridad competente que tenga noticias de los hechos que puedan constituir infracciones a los preceptos del Texto articulado de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial o mediante denuncia formulada por los agentes de la autoridad encargados de la vigilancia y seguridad del tráfico. Asimismo se podrá incoar un procedimiento por la autoridad competente como consecuencia de denuncia formulada por cualquier persona que tenga conocimiento de los hechos mencionados.
Artículo 4. Denuncias de carácter obligatorio y voluntario.

1. Los agentes de la autoridad encargados del servicio de vigilancia del tráfico deberán denunciar las infracciones que observen cuando ejerzan funciones de vigilancia y control de la circulación vial (artículo 75, apartado 2, del Texto articulado).

2. Cualquier persona podrá, igualmente, formular denuncias por hechos que puedan constituir infracciones a los preceptos del texto articulado de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial o de sus Reglamentos.

 La FUNDACIÓN ADO MOURE PRO DEPORTE viene presentado denuncias voluntarias en las diversas Jefaturas Provinciales de Tráfico de toda España, en base a las pruebas gráficas que recaban y le remiten los diversos afectados por infracciones, en todo el territorio nacional.

    Que en fechas de 21 de marzo, 19 de abril, 5 y 30 de mayo de 2022 remití escritos a la Jefatura Provincial de Tráfico de Cádiz (se adjuntan copias), con el objeto de presentar CUATRO denuncias voluntarias por infracciones al Reglamento General de Circulación, numeradas y clasificadas con los números 2621, 2676, 2719 y 2724, por el siguiente motivo en todos los casos: “Haber tenido conocimiento de una posible infracción de tráfico: se observa que el vehículo denunciado efectuó la maniobra de adelantamiento a escasos centímetros del ciclista que circulaba por el arcén”.

Que en atención a las pruebas aportadas consistentes en grabaciones de imágenes, en todas ellas se observa claramente que el ciclista es adelantado por un vehículo a motor sin mantener éste la distancia de seguridad lateral de 1,5 metros, establecida por el Reglamento General de Circulación (art. 34 apartado 4). Se presentó como prueba documental la secuencia fotográfica y enlace al video obtenida de la grabación captada mediante una cámara de vídeo instalada en la bicicleta.

Que la presentación de dichas denuncias voluntarias, debidamente numeradas y clasificadas, se realizó en formato electrónico (mediante archivo PDF),y de acuerdo con el criterio establecido por la propia Dirección General de Tráfico en su escrito/directriz UNO-SAPS. 17/2, a través de sus servicios centrales.

En todas ellas resulta identificado el mismo vehículo, probándose con ello una indudable reincidencia en las infracciones denunciadas.

Es necesario hacer constar las circunstancias especiales de este deportista, tratándose de una persona con una minusvalía de tal entidad que le obliga a practicar ciclismo en una bicicleta de las llamadas Hand-Bike, es decir, prácticamente acostado y ejerciendo el movimiento con los brazos, estimando que dada su mayor vulnerabilidad atendiendo a las ya de por sí barreras a las que se tienen que enfrentar diariamente para llevar una vida “normal”, sería merecedor de una protección y atención “especial”, no mayor que la que pueda demandar cualquier otro usuario, pero sí de una cierta sensibilidad por parte de las Administraciones Públicas, cuyo deber moral es velar por los más débiles; ellos también tienen el derecho, como no, al uso y disfrute de la vías públicas.

Estas situaciones extremadamente peligrosas podrían ser incluidas dentro del calificativo de “violencia vial”, merecedoras incluso de reproche penal; si bien, al no ser observadas en ocasiones por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, suelen gozar de impunidad, a pesar de no respetarse la distancia de seguridad de 1,5 m en los adelantamientos y con ello ocasionar un grave peligro para la vida e integridad física de la persona.

En definitiva, debido a que habíamos enviado las denuncias pertinentes a la DGT, y viendo que dicho vehículo no volvió a realizar ningún adelantamiento en los meses de junio, julio y agosto, entendíamos que la DGT había tramitado los preceptivos expedientes sancionadores por las 4 infracciones denunciadas, y, por lo que sospechamos, NO HA SIDO ASÍ.

El 22 de setiembre este mismo vehículo una vez más realizó un adelantamiento al mismo ciclista, incluso más agresivo e intimidatorio que los 4 anteriores denunciados ante la DGT, en los que en todos ellos se produce también el hecho de que el conductor hace sonar de forma intimidatoria y amenazante el claxon del vehículo mientras lo adelanta. Se demuestra con ello que por motivos que se desconocen existe por  parte de este automovilista una clara animadversión hacia este deportista, que percibe reiteradas situaciones peligrosas.

Con los procedimientos actuales, sin motivo alguno el denunciante nunca obtiene información sobre el resultado de su denuncia, por lo que, aunque ésta haya prosperado y el infractor haya sido sancionado, para el agredido es como si su denuncia no hubiera servido, o lo que es peor, en ocasiones y sin saber por qué ni motivo justificado, ni siquiera se inicia el expediente. Se adjunta relación de 21 denuncias presentadas ante la Jefatura de Cádiz de distintos vehículos de posibles infracciones sufridas por este mismo ciclista, que no conocemos si desde la jefatura de tráfico incoaros los correspondientes expedientes sancionadores, sino incoaron estos 4 sospechamos que estos 17 tampoco.

A la vista de lo anterior

SOLICITA

Que desea presentar formalmente dos denuncias:

– una contra el conducto@r por evidentes conductas temerarias reiteradas que manifiestan incluso odio,

– y otra contra la Jefatura Provincial de Tráfico de Cádiz,o a la figura de su jefe provincial, si así correspondiese, al entenderse que pudiera existir una evidente prevaricación y/o dejación de funciones que competen a la Administración por la NO TRAMITACIÓN y, cuando menos, apertura e inicio de los expedientes sobre las conductas denunciadas, independientemente de cuál sea el resultado de dicho expediente, por parte del órgano sancionador.

Para mayor abundamiento, indicar que el propio ex-Fiscal de Sala de Seguridad Vial, D. Bartolomé Vargas, invitaba públicamente a que fueran los propios ciudadanos quienes denunciasen todas aquellas infracciones

https://elpais.com/espana/2021-07-29/el-fiscal-jefe-de-trafico-pide-ayuda-ciudadana-frente-al-aumento-de-conductores-temerarios-tras-la-pandemia.html

El fiscal jefe de Tráfico pide ayuda ciudadana frente al aumento de conductores temerarios tras la pandemia

En Ourense, a 10 de octubre de dos mil veintidós.

FISCALÍA DE SEGURIDAD VIAL DE CÁDIZ