Carlos Irufazer

La doctrina actual del Tribunal Supremo. Sigue siendo reflejo de cómo nuestra sociedad trata el tema de la violencia vial, ni siquiera se atreven a utilizar este término.

Sigo pensando que es imprescindible una reforma del Código penal de verdad, no la que se hizo por la iniciativa de Anna González. En este momento, jueces y fiscales se agarran a la literalidad del Código penal para seguir siendo benévolos en las penas en casos de accidentes de tráfico (y utilizo la terminología que usan ellos). Ese es el verdadero problema. Si bien la jurisprudencia no es una fuente del derecho (no está en el artículo 1.1 del Código civil, el artículo 1.6 considera que la jurisprudencia del TS interpreta las normas al aplicarlas a los casos concretos. Pero la jurisprudencia en España tiene poco que ver con el sistema anglosajón. Hoy el TS dice “A” y mañana podría decir “B” y ha pasado mil veces y no pasa nada: te dice que éste era nuestro criterio hasta ahora y que a partir de ahora lo cambiamos.

Cambiar esta tendencia jurisprudencialmente es muy complicado y más cuando la conciencia social se pone más en la piel del conductor que en el de la víctima (salvo cuando nos toca ser víctimas). Y, por supuesto, está el adoctrinamiento de la sociedad, al que hemos sido sometidos por la industria del automóvil y de las gasolinas.

Todo este conglomerado hace que los pobres que luchamos con una toga en una sala, defendiendo una interpretación perfectamente jurídica y legal, como es el del dolo eventual en caso de violencia vial, seamos tratados como D. Quijote de la Ley y no se nos haga ni caso.

No creo que para aplicar el dolo eventual haya que llegar al extremo de tener a un conductor borracho que circula a toda velocidad por la autopista en dirección contraria. Creo que basta con subirse a un coche en estado de embriaguez, aunque no entre a toda velocidad en dirección contraria en la autopista. Ya el hecho de conducir borracho (o drogado) manifiesta un desprecio total de la vida humana: ese conductor no querrá matar a nadie, pero le da exactamente igual lo que pase. Tenemos muchísima información actualmente sobre los efectos del alcohol al volante para tomarnos en serio que esa persona es totalmente consciente de lo que hace cuando sube al coche.

Si a ese mismo juez le dices que en lugar de coger el coche lo que has cogido es una escopeta y te has ido a plena Gran Vía a pegar tiros (también sin querer matar. a nadie), no tendrá ninguna duda de que eso es dolo eventual. Y también para ese cazador al que se le escapa un tiro de la escopeta también se aplica el homicidio imprudente. Al de la escopeta en la Gran Vía lo vemos claro como dolo eventual, ahora bien, si por la Gran Vía circula en coche, totalmente borracho,… ¡ah, no! Entonces es imprudencia… La interpretación del CP es exactamente la misma, pero no así la educación de la sociedad.

Es cierto que en este momento sólo podemos luchar en los tribunales tratando de abrir esa brecha en el TS, pero es posible que siempre nos choquemos con la literalidad del CP y la interpretación que jueces y fiscales hacen de esa norma. Eso es lo triste. Por eso creo que es imprescindible la modificación del CP

Pero también para esto soy escéptico, oídas las opiniones de los diferentes grupos políticos cuando se tramitó la última reforma que impulsó Anna González. Fueron muy cicateros (y me sorprendió muy negativamente Podemos) y lo de poder llegar a los 9 años de condena por violencia vial… tiene que ser muy grave (varios muertos).

El fiscal es cicatero hasta en la terminología: efectivamente le cuesta utilizar el término violencia vial. Debería haber una involución en la sociedad como la hubo en el caso de la violencia machista.

Hace años era considerado “normal” que un marido pegara a su esposa o le controlara, por ejemplo, el dinero. Hoy en día nadie se sonroja a la hora de hablar de violencia machista). Sin embargo, en el tema de violencia vial seguimos en paños menores. Aún seguimos hablando de accidentes. Es increíble que incluso el fiscal de la unidad de seguridad vial tenga sonrojo a la hora de emplear la terminología de violencia vial con normalidad. Eso ya es un síntoma grave.

Cuando se tramitó en el Congreso de los Diputados la modificación del CP a instancias de Anna González, al final los propios grupos políticos se pusieron de acuerdo para no llegar demasiado lejos y quedarse “en la orilla sin mojarse los pies”.

Algo se agravaron las penas pero… en lo fundamental sigue igual: matas a alguien, dos añicos y condena condicional (vamos, un simple rapapolvo y a casa). Esa es la postura de los poderes públicos. Entonces… ¿qué podemos esperar? Cuando electoralmente a un gobierno determinado le resulte rentable tratar la violencia vial con la misma dureza que se ha hecho con la violencia machista, se habrá solucionado el problema. Mientras tanto, nos tocará remar en los juzgados pegándonos contra un muro.