PETICION A TRAVES DE CHANGE.ORG
QUE SE APLIQUE LA TESIS DOCTRINAL DEL SUPREMO por todo el sistema jurídico, fiscales, jueces, que se penalicen “DOLO EVENTUAL-INDIFERENCIA” Tal como ya se aplica, desde hace años a las VICTIMAS de Agresión Sexual-VIOLENCIA DE GENERO Leire tenía 5 años cuando murió...
SALVEMOS VIDAS
“COLABORAR PARA SALVAR VIDAS EN LAS CARRETERAS ES UNA OBLIGACION DE TODOS” ¡Una forma moderna, de bajo costo y altamente efectiva, para poner freno a la “IMPUNIDAD DE LA VIOLENCIA VIAL”! Prevenir-Disuadir-Controlar Las Infracciones De Tráfico Estamos en pruebas, MUY...
SALVAR VIDAS
PRESENTACION DE CAMARAS QUE PROTEJEN A LOS COLECTIVOS VULNERABLES:CICLISTAS, PEATONES
https://youtu.be/f5d3F5tkZZc
El problema de la “VIOLENCIA VIAL” lo tenemos y lo sufrimos aquí y ahora
Nosotros abogamos, desde este momento, por un cambio radical en las políticas de seguridad vial de los COLECTIVOS VULNERABLES CICLISTAS Y PEATONES “Además, fue el propio Fiscal Jefe de Seguridad Vial, Sr. Bartolomé Vargas, quien pidió y “alentó” ...
Aplicar correctamente el código penal es una cuestión de Justicia
La FUNDACIÓN ADO-MOURE PRO DEPORTE a la que represento y cuya máxima preocupación actual es la defensa de la VIDA de los CICLISTAS y PEATONES para poder desarrollar una actividad deportiva SEGURA, a la vista de la sangría continua de pérdida de vidas humanas y...
Que es:
Debemos saber que uno de los derechos que podemos ejercer como ciudadanos es el de formular una denuncia de forma voluntaria y que consiste básicamente en molestarse en tomar nota de la matrícula del vehículo que ha cometido la infracción, modelo, color y lugar exacto donde ha tenido lugar el hecho y que puede ser motivo de sanción por parte de las Autoridades de tráfico, para después dar cuenta a sus Agentes o bien a través de las Jefaturas Provinciales de tráfico. La ley ley de tráfico recoge:
Artículo 4 Denuncias de carácter obligatorio y voluntario 1. Los agentes de la autoridad encargados del servicio de vigilancia del tráfico deberán denunciar las infracciones que observen cuando ejerzan funciones de vigilancia y control de la circulación vial. 2. Cualquier persona podrá, igualmente, formular denuncias por hechos que puedan constituir infracciones a los preceptos del texto articulado de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial o de sus Reglamentos.
Donde presentar
Existen dos posibilidades donde presentar las denuncias voluntarias recogidas en la ley de tráfico: Artículo 7 Requisitos de las denuncias de carácter voluntario por hechos de circulación a) La denuncia podrá formularse verbalmente ante los agentes de vigilancia del tráfico más próximos al lugar del hecho, o por escrito dirigido a la Jefatura de Tráfico o a la Alcaldía del lugar de la infracción, según ostente una u otra la competencia para instruir el expediente. b) Se harán constar en la denuncia los datos y circunstancias que se consignan en el artículo 5 del presente Reglamento. c) Si la denuncia se presentase ante los agentes de vigilancia del tráfico, se formalizará por ellos el reglamentario boletín de denuncia, en el que se hará constar, además de los requisitos consignados en el apartado anterior, si personalmente comprobó o no la infracción denunciada, así como el nombre y domicilio del particular denunciante, remitiendo el boletín a la Jefatura de Tráfico o Alcaldía competente para su tramitación, sin perjuicio de entregar un duplicado al denunciado si fuere posible.